Ya se puede solicitar la ayuda para los parados sin prestación
Las nuevas ayudas aprobadas por el Gobierno para ayudar a los parados de larga duración que ya no están cobrando ninguna prestación, ya se pueden solicitar. Esta ayuda viene a unirse a otras específicas para los autónomos.
Podrán acogerse a estas ayudas los desempleados que no tengan prestación o subsidio y su renta sea inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. La ayuda será de 420 euros mensuales durante seis meses y el Gobierno prevé que se beneficien de esta ayuda unos 340.000 parados.
El Decreto Ley que lo regula se publicó en Boletín Oficial del Estado el sábado pasado. Esta ayuda además se podrá prorrogar por otros seis meses en el caso de que la tasa de paro continúe por en cima del 17%.
Será el Servicio Público de Empleo Estatal el que informará a los trabajadores que terminen de recibir la prestación de la posibilidad de solicitar esta ayuda. En cualquier caso el desempleado deberá pedir esta ayuda obligatoriamente en los 60 días siguientes a la fecha en la que se perciba por última vez la prestación por desempleo.
En el caso de que se el demandante de esta ayuda cumpla los requisitos y se le reconozca cobrará esta ayuda complementaria desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. También lo pueden solicitar aquellos desempleados que hayan extinguido por agotamiento los subsidios por desempleo incluido las prórrogas.
Será obligatorio para poder solicitar esta ayuda, estar inscritos en el Servicio Público de Empleo como demandantes de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
Imagen: http://www.flickr.com/photos/pcagranada/


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