Procedimiento de un Expediente de Regulación de Empleo. Fases y periodos del proceso
El procedimiento de un ERE comienza al presentar la empresa un escrito ante la autoridad laboral competente remitiendo toda la documentación que justifique la presentación del Expediente y de las medidas que se pretenden adoptar. En ese mismo momento la empresa tiene que notificar a los representantes de los trabajadores la misma documentación y la apertura de un periodo de consultas.

Trabajadores protestando por un ERE
Este periodo de consultas será como mínimo de 30 días pudiendo ser un periodo de tiempo mayor. Durante este tiempo la empresa y los representantes de los trabajadores deberán negociar de buena fe para intentar llegar a un acuerdo. Así mismo la empresa, si tiene más de 50 trabajadores tendrá que presentar un plan que especifique las medidas adoptadas para intentar aliviar el perjuicio que el despido tendrá sobre los trabajadores afectados. Para llegar a un acuerdo se necesita el voto favorable de la mayoría del comité o comités de empresa que representen a los trabajadores.
Tras el periodo de consultas se abrirá otro periodo de tres días para que las partes presenten alegaciones y pruebas o hechos que modifiquen la situación por la que se presentó el ERE.
Terminados estos dos pasos previos será la autoridad laboral competente la que dicte sentencia en un plazo de quince días. Ratificando el acuerdo si lo hubiera y autorizando a proceder a la extinción de los contratos de los trabajadores afectados o impugnando el despido colectivo ante la jurisdicción social en caso de que haya indicios de fraude, dolo, abuso o coacciones.
Si el Expediente de Regulación de Empleo es autorizado por parte de la autoridad laboral competente, el empresario habilita al empresario a ejecutar las medidas correspondientes. Procederá al despido de los trabajadores afectados notificándolo por carta fundamentada en la resolución administrativa que autoriza el despido colectivo.
Ante esta resolución sólo cabe presentar un recurso de alzada ante el órgano que esté por encima de aquel que autorizó el despido colectivo en el plazo de un mes desde su ejecución. Aún así la presentación de este recurso de alzada no interrumpe la ejecución del despido. Posteriormente se podría interponer un recurso contencioso-administrativo.
Más información en Qué es un ERE
Imagen: Mary Belén en Flickr.com

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