Los requisitos para la prejubilación parcial anticipada se endurecen.
Otra de las reformas del gobierno afectará a los trabajadores que pensaban acogerse a la modalidad de prejubilaciones parcial anticipada. Está modalidad permite a un trabajador que tenga recogida está opción en su convenio colectivo prejubilarse por tan sólo una parte de su jornada anual antes de los 65 años. De está manera sólo tendría que trabajar durante un período de tiempo al año hasta cumplir los 65 en que pasaría a la condición de jubilado.
Durante ese período hasta su jubilación definitiva el trabajador recibiría la paga mensualmente de su empresa proporcional a la jornada trabajada y el resto lo recibiría de la Seguridad Social. Puedes ver los requisitos para acogerse a está opción Pinchando aquí.
Sí los requisitos ya se endurecieron hace dos años pero con un período transitorio hasta 2012 para ir aplicando los nuevos requisitos, ahora el gobierno aprobará un decretó de manera automática para aplicar estos nuevos requisitos desde su publicación.
Con lo que los requisitos desde ese momento serán los siguientes:
- Para prejubilarse de manera parcial habrá que tener como mínimo 61 años, frente a los 60 anteriores.
- Debemos tener al menos 30 años de cotización en la Seguridad Social.
- Para prejubilarnos parcialmente habrá que tener una antigüedad de 6 años en la empresa.
Estas nuevas medidas entrarán en vigor previsiblemente en las próximas fechas con la aprobación de un decreto que modifique la legislación existente hoy en día.
Imagen: Miguel León en Flickr.com


Soy un jubilado parcial, la empresa me a convocado desde el 04/07/2011 hasta 16/09/2011 en un periodo de 75 dias naturales, mi pregunta es, tengo derecho a vacaciones, ya que estamos en un periodo vacacional.
Tengo que trabajar todo el verano, o puedo recurrir para que la convocatoria, se hagan en dos veses al año, esperando contestación.
Un saludo